24.9.10

Cómo evitar las llamadas no deseadas

Se puede exigir la baja en las guías telefónicas o en los servicios de atención al cliente de las empresas que utilizan estas estrategias

Ciertos mecanismos libran de recibir cualquier llamada comercial indeseada. Una opción es exigir la baja en los servicios de atención al cliente de las empresas que utilizan estas estrategias o comunicarlo de manera directa a éstas. Además, es posible solicitar a la compañía no figurar en las guías de teléfono u otros soportes que contienen esta información. Si estas medidas no son efectivas, cabe la posibilidad de darse de alta en la "lista Robinson", que sirve para evitar recibir publicidad no deseada por parte de entidades o empresas con las que no se mantenga o no se haya establecido algún tipo de relación comercial.

Llamadas cada vez más frecuentes

Es cada vez más frecuente que los usuarios reciban en sus hogares llamadas de comerciales que les proponen comprar los servicios que prestan determinadas empresas. En algunos casos, se convierten en una molestia debido a su reiteración o a que se reciben en momentos en que se está ocupado. Sin embargo, aunque son numerosos los usuarios que desearían dejar de recibir este tipo de llamadas, es una estrategia comercial admitida por la actual legislación.

Lo habitual es que provengan de las compañías de teléfonos móviles y de Internet, con objeto de captar clientes a través de ofertas especiales. Pero no son exclusivas de estos sectores profesionales y también se pueden recibir llamadas de entidades financieras, grupos inmobiliarios o distribuidores de servicios.

Hay que diferenciar éstas de las realizadas por empresas a las que se está adscrito por la contratación de algún servicio o producto y que se encargan de comunicar a sus clientes mejoras y nuevas ofertas. En estos casos, si no se quieren recibir, basta con comunicarlo al servicio de atención al cliente por carta, fax o teléfono.

El problema surge con las compañías que carecen de relación comercial con el usuario, quien no tiene contratado ninguno de sus servicios. Por ello, hay que diferenciar dos tipos de llamadas comerciales, según el vínculo del consumidor con la empresa:

*Compañías con las que se ha tenido alguna relación comercial, bien porque se ha sido cliente o por haber contratado de forma ocasional productos o servicios. En estas situaciones, los números telefónicos proceden de su base de datos. Por regla general, es sencillo terminar con las llamadas tras comunicar a la empresa que no se desea recibir ningún tipo de información.
*Empresas con las que nunca se ha tenido relación. Los números de teléfono se obtienen por diversos canales, como las guías telefónicas, al alcance de cualquier empresa, distribuidor o particular. En otras ocasiones, las compañías solicitan o compran a terceros una base de datos con posibles clientes o recaban esta información a través de colegios profesionales, entidades deportivas, clubes de ocio o empresas encargadas de transmitir esta información.

Darse de baja

Para dejar de recibir estas llamadas hay diversas opciones:

*Exponer con claridad que no se desea contratar el servicio o producto ofertado y que se tiene suscrito con otra compañía. Añadir, además, que no se quiere recibir más llamadas.
*Si las llamadas persisten, hay que ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente y exponer el deseo de que no vuelvan a llamar. Con ello bastaría y no habría que tener mayores problemas para anular futuros contactos, si bien ciertas empresas carecen de un departamento de atención pública y resulta difícil comunicarse a través de cualquier otra vía.
*También se puede ordenar a la compañía con la que se tenga contratado el servicio telefónico la baja de sus datos de las guías telefónicas u otros soportes de información. Es un derecho que tienen todos los usuarios y pueden ponerlo en práctica para evitar los abusos comerciales.

El principal problema radica en que esta medida sólo se hará efectiva cuando se confeccione la nueva guía y que el teléfono permanecerá en las ya editadas.

La "lista Robinson"

Si a pesar de todas estas alternativas se repiten las llamadas comerciales, la solución deberá ser más contundente. Consiste en darse de alta en la "lista Robinson", un servicio de exclusión publicitaria gestionado por la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo. Este sistema, creado conforme a lo previsto en la normativa sobre protección de datos, se enmarca en el ámbito de la publicidad dirigida a nombre de una persona y a una dirección de correo postal, a una dirección de correo electrónico o a un número de teléfono concreto.

Para darse de alta, hay que seguir dos pasos:

*Rellenar un formulario de registro en la página web de este servicio para obtener una contraseña.
*Inscribirse en la lista de exclusión comercial. Está permitido especificar qué tipo de publicidad se quiere evitar: llamadas telefónicas, mensajes cortos de móvil, correos electrónicos...

Cualquier persona que lo desee se puede inscribir en la mencionada lista de forma gratuita. Toda empresa que realice estas estrategias comerciales debe revisarla para contrastar qué usuarios no desean recibir ninguna clase de publicidad.

La legislación actual permite a los usuarios registrados poner una denuncia contra la empresa que se salte este requerimiento legal, ya que la Ley de Protección de Datos aprobada en diciembre de 2007 obliga "a las empresas, instituciones y organizaciones a consultar este tipo de ficheros de exclusión comercial" antes de lanzar una campaña publicitaria para cuyo desarrollo utilicen datos personales que figuren en fuentes públicas o ficheros de los cuales no sean responsables.

DERECHO A NO RECIBIR PUBLICIDAD NO DESEADA

Según dispone el artículo 30 de la Ley Orgánica 15/1999, relativo a tratamientos con fines de publicidad y de prospección comercial:

*Quienes se dediquen a la recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial y otras actividades análogas, utilizarán nombres y direcciones u otros datos de carácter personal cuando los mismos figuren en fuentes accesibles al público o cuando se hayan facilitado por los propios interesados u obtenido con su consentimiento.
*Si los datos proceden de fuentes accesibles al público, en la comunicación que se dirija al interesado se le debe informar del origen de los datos y de la identidad del responsable del tratamiento, así como de los derechos que le asisten.
*Los interesados tendrán derecho a oponerse, previa petición y sin gastos, al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso se les dará de baja del tratamiento y, por tanto, se cancelarán las informaciones que sobre ellos figuren.

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